¿Qué es el autoconsumo?
El autoconsumo consiste en producir energía para consumo propio. Por ello las instalaciones de generación de los autoconsumidores suelen estar conectadas a redes interiores de consumo, aunque también pueden estarlo a la red de distribución, como instalaciones de autoconsumo en proximidad.
¿Qué es el autoconsumo colectivo?
Un consumidor participa en el autoconsumo colectivo cuando forma parte de un grupo de consumidores que comparten y autoconsumen la energía eléctrica que proviene de instalaciones de producción cercanas a sus viviendas con las que tienen un previo acuerdo.
El autoconsumo colectivo se puede realizar de dos maneras:
- Entre instalaciones próximas a través de la red interior de consumo, por ejemplo en un edificio de viviendas o de servicios.
- Entre instalaciones próximas a través de la red de distribución de energía eléctrica con instalaciones de autoconsumo en proximidad.
Según el RD-Ley 20/2022, las instalaciones de autoconsumo en proximidad podrán estar a una distancia de hasta 2.000m entre sí, siempre y cuando la instalación fotovoltaica esté en su totalidad sobre cubierta, suelo industrial o estructuras artificiales cuya finalidad no sea exclusivamente la generación de electricidad.
El autoconsumo colectivo podrá pertenecer a cualquiera de las modalidades de autoconsumo definidas en el RD 244/2019, artículo 4.
Ponemos a tu disposición la Guía de Tramitación de Autoconsumo Colectivo en Baja Tensión [PDF] de i-DE con el objetivo de poder ofrecer un documento orientativo para los instaladores y promotores de las comunidades energéticas (autoconsumo colectivo en baja tensión) en los trámites a realizar con la empresa distribuidora, gracias a una colaboración con la Generalitat Valenciana. Se trata de un documento vivo que iremos actualizando con las distintas contribuciones que reciba tanto desde la propia regulación aplicable como de las mejores prácticas observadas.
¿Qué es una comunidad energética?
Una Comunidad Energética (CE) es una organización (por ejemplo, una comunidad de vecinos, un barrio o una población) donde los miembros se implican directamente en la planificación e implementación de las medidas necesarias para producir y hacer uso de la energía renovable en dicha comunidad. Su principal función es generar esa energía a través de plantas de generación colectivas para un autoconsumo compartido. El objetivo es brindar a la comunidad energética de beneficios ambientales, económicos y sociales. Las principales ventajas de una Comunidad Energética son:
- Dar acceso a los ciudadanos a energía renovable
- Permitirles tomar el control a través del autoconsumo
- Crear oportunidades de inversión para ciudadanos y negocios locales
La estructura de las comunidades energéticas varía desde pequeñas comunidades locales y vecindarios que producen su propia energía renovable, hasta grandes empresas y agentes que establecen una comunidad energética para ahorrar dinero en el coste de sus servicios.
Por lo tanto, en la mayoría de los casos, una comunidad energética en el ámbito de la gestión eléctrica, estará realizando Autoconsumo Colectivo.
Visita nuestra página de Comunidades Energéticas para más información.
Normativa vigente
La normativa básica aplicable a las instalaciones de Generación y/o Autoconsumo es la siguiente:
- Ley 24/2013. Ley del Sector Eléctrico.
- RD-ley 15/2018. Recoge medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.
- RD 244/2019. Regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
- RD 413/2014. Regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
- RD 1955/2000. Regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
- RD 1699/2011. Regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia.
- RD 1183/2020. Regula el acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
- RD-ley 29/2021. Adopta medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables.
- RD-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medida urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania.
- RD-ley 14/2022. Adopta medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.
- RD-ley 18/2022. Aprueba medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del "Plan + seguridad para tu energía (+SE)", así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía.
- RD-ley 20/2022. Adopta medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
Además, puedes consultar los Reglamentos de la Unión Europea que regulan el acceso a la red y las siguientes preguntas frecuentes elaboradas por i-DE para dar respuesta a las dudas más habituales sobre la aplicación de Reglamento de conexión de generadores (Procedimiento de notificaciones operacionales).
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