Imagen de herramientas junto una bombilla y la señal alerta

¿Pueden cortar la luz sin avisar? ¿Qué tipos de cortes eléctricos existen?

SECTOR ELÉCTRICO SUMINISTRO

Si necesitas una respuesta concreta a esta pregunta, esta es: sí, nos pueden cortar la luz sin avisar. Aunque la normativa establece claramente que esta práctica solo debe ser llevada a cabo en determinados casos concretos.

 

 

Los cortes de luz suceden cuando se interrumpe el flujo de corriente eléctrica en un punto de suministro específico o en una zona determinada que puede afectar a múltiples puntos a la vez. Estos cortes pueden ocurrir por diferentes causas. Existen los cortes accidentales o sobrevenidos, por ejemplo aquellos generados por un fenómeno meteorológico. Por otro lado, los cortes programados, ocurren cuando la propia distribuidora es quién los genera, para, por ejemplo, realizar trabajos de mejora en la red eléctrica.

 

Las interrupciones del suministro eléctrico pueden producirse por varios motivos y por ello, es importante que sepas cuál ha sido la razón principal y qué hacer ante ello.

 

Estos cortes de luz pueden ser responsabilidad de la distribuidora o de la comercializadora pero a veces la causa la encontramos en nuestra propia instalación. En primer lugar, debemos estar seguros de que nuestra casa o negocio tiene un contrato de luz vigente para poder continuar con los siguientes pasos.

 

 

Me han cortado la luz sin avisar y no sé qué hacer

 

 

¿Qué tenemos que hacer si nos cortan la luz? Lo principal, es saber diferenciar cuándo la responsabilidad es nuestra y cuando el corte tiene un origen técnico ya que las soluciones variarán en gran medida. A continuación, te explicamos cómo gestionar un corte de luz.

 

1.     Confirmar que la avería no se encuentra en la instalación particular. En este caso, te contamos qué puedes hacer si no tienes luz

 

2.     Consultar el mapa de averías para comprobar si existe una avería en la zona. En caso de que se trate de un Corte Programado,  la distribuidora debe avisar a los clientes que se puedan ver afectados con al menos 48 horas de antelación. En el caso de que la interrupción se deba a una avería, al ser un evento imprevisible y fortuito lo que indica la normativa es que las distribuidoras deben tener un teléfono de atención disponible las 24 horas al día los 7 días a la semana para atender a los clientes. En i-DE, en cuanto se detecta una avería, se envía un SMS y/o e-mail a todos los clientes suscritos a este sistema de avisos gratuito, al que puedes acceder aquí.  

 

3.     Comunicarte con tu distribuidora de energía eléctrica: lo primero que debo hacer es ponerte en contacto con tu proveedor de energía eléctrica y preguntar sobre el motivo del posible corte de luz.

 

4.     Pagar facturas pendientes: Si tienes una deuda pendiente con tu comercializadora, es importante solventarla cuanto antes y una vez hecho el pago, deberás avisar a la comercializadora para que pueda enviar a la distribuidora la orden de reconexión.

 

En i-DE ponemos a disposición de todos los clientes el Área Privada, a través de la cual se pueden buscar alternativas para intentar reducir el consumo eléctrico de tu vivienda o negocio, así como realizar el seguimiento y control de tu consumo.

 

 

¿Qué tipos de corte eléctrico existen?

 

 

Existen varias razones que pueden originar un corte de luz en un suministro eléctrico, en este video puedes conocer algunas de ellas. Lo primero que debes hacer es determinar las posibles causas que hayan podido provocar la interrupción del servicio:

 

Cortes de luz si sucede una avería eléctrica

 

La responsabilidad de los cortes de luz debido a problemas en la red eléctrica recae en la distribuidora, incluso si no se deben a tareas programadas sino a factores externos como fuertes tormentas o nevadas, que afecten la red de distribución, o incidencias en el cableado provocadas, por ejemplo, por la caída de ramas sobre las líneas.

 

Si varios inmuebles y edificios se ven afectados por un corte de luz, es probable que haya una avería en la red y que la distribuidora la tenga ya identificada. En el caso de i-DE puedes consultar el mapa de averías para conocer las averías y cortes programados y los tiempos estimados de reposición.

 

Cortes de luz por problemas en la instalación particular

 

Además de las averías en la red general, también puede haber problemas en la instalación eléctrica particular del cliente. En estos casos, la responsabilidad de solucionar el problema es del cliente.

 

Para determinar si se trata de una avería en la instalación individual, es fácil verificar si las viviendas cercanas tienen electricidad. Si es así, probablemente la avería esté en la instalación particular, En este caso, el cliente puede tomar varias medidas para solucionar el problema:

 

  • Ponerse en contacto directamente con el servicio de mantenimiento de la comercializadora, si lo tienen contratado.
  • Contactar con un electricista cualificado.
  • Contactar con su distribuidora.

 

En algunas situaciones, los cortes de energía también pueden deberse a un exceso en la demanda de energía. Esto significa que el cliente ha conectado varios aparatos eléctricos que superan la potencia eléctrica que tiene contratada. Para determinar si la interrupción del suministro se debe a un exceso de potencia  debes comprobar el estado del contador. En el caso de i-DE dentro del Área Privada existe una funcionalidad para comprobar el estado del ICP y rearmarlo en el caso que fuese necesario. También puedes comprobarlo a través de nuestra aplicación móvil.

 

Corte de luz por impago: cómo se produce

 

Si no se pagan a tiempo las facturas de electricidad a la compañía comercializadora, se puede producir la suspensión del suministro eléctrico. Si hay un impago, la comercializadora solicita a la distribuidora la interrupción del suministro eléctrico hasta que se paguen todas las facturas pendientes.

 

El tiempo necesario para recuperar el suministro eléctrico dependerá del lapso transcurrido entre el aviso de impago y el pago de la factura. Hay una serie de consideraciones a este respecto:

 

1.     La distribuidora debe restablecer el suministro eléctrico en un plazo máximo de 24 horas naturales desde la recepción de la orden de reconexión por parte de la comercializadora.

2.     Una vez recuperado el suministro eléctrico, el cliente deberá abonar en la siguiente factura los derechos de reconexión del servicio.

3.     Los clientes tienen un plazo máximo de 20 días hábiles para abonar la factura de la luz una vez que se emite y recibe. Si la factura no se paga después de este plazo, la comercializadora inicia un proceso de notificaciones fehacientes para avisar al cliente del inicio del procedimiento de corte del suministro eléctrico.

 

Cortes de luz sin previo aviso

 

Si se interrumpe el suministro de electricidad sin previo aviso y la causa no corresponde con las anteriores, es posible que se deba a alguna de las siguientes razones:

 

  • Se ha realizado una conexión ilegal, en cuyo caso se debe informar a las autoridades correspondientes.
  • Se ha detectado una manipulación no autorizada en el contador.

 

En el caso de que el servicio técnico de la distribuidora identifique una instalación peligrosa que no cumple con los requisitos técnicos según la normativa vigente, y por ello pueda presentar un riesgo potencial, se pondrá en contacto con el cliente para informar de la situación anómala de inmediato. El hecho de no atender el requerimiento, puede derivar en la suspensión del suministro eléctrico, por razones de seguridad.

 

 

¿En qué casos no me pueden cortar la luz?

 

 

Existen ciertos casos en los que la compañía eléctrica no puede cortar la luz a sus clientes, que dependen de varios aspectos.

 

¿En qué casos no puede cortarse la luz?

 

  • Durante los días festivos.
  • Cuando el suministro de energía es necesario para alimentar equipos médicos esenciales en la vivienda, como un respirador.
  • Si el consumidor es considerado vulnerable severo y es beneficiario del Bono Social Eléctrico.
  • En el caso de viviendas donde el titular del suministro es beneficiario del Bono Social Eléctrico y acredita que en la unidad familiar hay un menor de 16 años, una persona dependiente o un miembro con una discapacidad.

FAQs

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